jueves, 14 de enero de 2021

Prohibición de labra de la emisión de vellón con origen en 1660.

El 29 de Octubre de 1660, se dispone acuñar, según Pragmática Real, moneda de cobre con liga de plata, o lo que es lo mismo, moneda de Vellón... Surgen así los maravillosos Felipes de Busto.



Distintos bustos de 2 módulos de 16 maravedíes.


A los 4 años de haber ordenado Felipe IV acuñar esta moneda nueva, manda paralizar la labra de este tipo de piezas.

La cantidad de falsificaciones, que en 1662 suponen el 36% del vellón total circulante, otorga a los felipes de busto, una reacción adversa hacia este tipo de monedas. 

Aunque en 1660, Felipe IV parece que se lo pone difícil a los falsificadores  y a aquellos que secundan sus "actos"... no conseguirá en el futuro, lograr frenar la copia fraudulenta del numerario:

"...por ser delito de lesa Majestad y de moneda falsa... y Mandamos que todos los que metieren la dicha moneda o la recibieren o ayudaren a su entrada o la receptaren, sean condenados en pena de muerte de fuego, perdimiento de todos sus bienes desde el día del delito y de los navíos o barcos,por tierra, de los carros o recuas en que viniere o hubiere entrado la dicha moneda, aunque haya sido sin noticia del dueño de los navíos, barcas, carros o recuas, sin que se pueda excusar pormenores de edad ni por ser extranjero... Y los que tuvieren noticia de la dicha entrada de moneda y no lo manifestaren, mandamos sean condenados en pena de galeras y perdimiento de todos sus bienes, con la aplicación referida. Y para la comprobación de este delito, mandamos que basten probanzas privilegiadas o tres testigos singulares que depongan cada uno de su hecho, los cuales se tengan por idóneos para imponer la pena ordinaria. Y que el cómplice que denunciare al compañero, estando en estos, nuestros Reinos, donde se pueda prender, consiga liberación de su persona y bienes..." *1


Los distintos módulos con liga de plata,  empiezan a ser mal vistos en las variadas relaciones de compra venta… la gente, ya no se fía de la veracidad de las piezas y muchas de ellas, adquieren esa esencia fiduciaria de la que todo el mundo huye… este problema, desencadena que la moneda de plata, detente más protagonismo, y que se prefiera usar como moneda local en las relaciones comerciales, antes que el propio vellón… por otro lado, la propia plata, al ser utilizada como mezcla en las acuñaciones de vellón de 1660 a 1664, empezará a escasear... A principios del reinado de Carlos II, este metal, logrará aumentar notablemente su valor.

La moneda de vellón, se utilizó para sufragar gastos ocasionados en el enfrentamiento con Portugal, y provocó en sus primeros años, unos beneficios enormes a la corona, debido al aumento del valor extrínseco de las piezas en detrimento de su condición intrínseca.


El 14 de Octubre de 1664, bajo “fuerza de ley” y a través de Juan De Subiza, Secretario Real del "Rey Planeta", se ordena que toda moneda de vellón acuñada desde 1660, adquiera la mita de su valor… esta imposición recae sobre los diferentes valores, 16, 8, 4 y 2 maravedíes de busto.

Parte del escudo de armas de un 16 maravedíes.


Se cancela también la acuñación de los felipes de busto y se quita de la circulación toda aquella moneda de cobre sin liga de Plata.

A estas monedas de Vellón se las denominó en su época, bajo el nombre de "gongorinos" con valor de 4 maravedís, “carillas” por la presencia del rostro o cara del monarca en el anverso de la moneda y “perendengues”también en el caso de los 4 maravedís acuñados por molino (por la similitud con arillos o adornos normalmente femeninos con poco valor)... Más información sobre nomenclatura de estos felipes aquí.


*1  Real Pragmática del 11 de Septiembre de 1660. Recopilación de Trabajos Numismáticos de Fernando Álvarez.


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